viernes, 20 de mayo de 2011

NECESIDAD DE SITIOS WEB ACCESIBLES .

NECESIDAD DE LA ACCESIBILIDAD DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LOS USUARIOS
El manejo del ordenador es hoy no un lujo como antaño, ni siquiera una opción. Es una herramienta básica para el desempeño de la vida personal y laboral. Su manejo es imprescindible para la mayor parte de los empleos, para acceder a información relevante, para el ocio y como herramienta de comunicación.
Las personas con discapacidad visual no están ajenas a estas necesidades, y así lo ha entendido la sociedad, aportando tecnología para que puedan acceder en igualdad de condiciones a las diferentes aplicaciones informáticas.
Llega ahora el momento de plantearse la resolución de los problemas que encuentran los alumnos en las aulas en las que se trabaja con aplicaciones y/o actividades educativas mediante el uso del ordenador.
El desarrollo de las nuevas leyes educativas en el contexto de las TIC´s marca unos objetivos en el manejo del ordenador que van desde el uso del ratón y aplicaciones infantiles en Educación Infantil hasta el manejo de internet, correo electrónico y diversas aplicaciones estándar en Primaria y Secundaria, de forma que los alumnos terminen sus estudios con un completo manejo de una herramienta base para su desarrollo personal y laboral.
El ordenador es una herramienta que complementa y, ya en muchos casos, sustituye al lápiz y al papel. No se puede por tanto obviar su manejo. Hacerlo equivaldría a relegar al niño al analfabetismo tecnológico.
Los alumnos con ceguera o con discapacidad visual pueden manejar las mismas herramientas y programas que sus compañeros de aula, pero requieren que dichas aplicaciones y las actividades incluidas en ellas cumplan unos mínimos requisitos de accesibilidad. Lógicamente, los alumnos con ceguera total requieren además de algunas adaptaciones para poder utilizar el tacto en el aprendizaje, pero si la actividad está programada cumpliendo los criterios de accesibilidad expuestos en este documento, dicha adaptación es sencilla.


NECESIDAD DE LA ACCESIBILIDAD DESDE UN PUNTO DE VISTA LEGAL
Como ya hemos dicho, la accesibilidad en contenidos educativos es un imperativo legal. De hecho, la LOE establece en su artículo 1 como uno de los principios esenciales de la educación lo siguiente:
“b) La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad”.
Asimismo, en el Capítulo II, sobre “Educación Primaria” establece en su artículo 17, “Objetivos de la educación primaria”, lo siguiente:
“i) Iniciarse en la utilización, para el aprendizaje, de las tecnologías de la información y la comunicación desarrollando un espíritu crítico ante los mensajes que reciben y elaboran.”
Esta misma Ley, en su artículo 110 se refiere a la accesibilidad en los siguientes términos:
“2. Las Administraciones educativas promoverán programas para adecuar las condiciones físicas, incluido el transporte escolar, y tecnológicas de los centros y los dotarán de los recursos materiales y de acceso al currículo adecuados a las necesidades del alumnado que escolariza, especialmente en el caso de personas con discapacidad, de modo que no se conviertan en factor de discriminación y garanticen una atención inclusiva y universalmente accesible a todos los alumnos.”

1 comentario:

  1. !Que gran logro la escuela inclusiva!Aunque aun quedan barreras por destruir y no precisamente las físicas sino las de aquellos que seguro que sin mala intención piensan que los alumnos con discapacidad enlentecen el ritmo de las clases.
    Gracias por tus posts, contribuyen y de qué manera a nuestra formación, para que tengamos siempre claro que"todos somos diferentes".

    ResponderEliminar